PRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
Instancias administrativas
Para un funcionamiento y una administración eficaces, la Asociación se dotó de estatutos que se archivaron en la Prefectura de Policía de París, Francia, bajo el régimen de la ley francesa del 1° de julio de 1901, que regula las asociaciones sin ánimo de lucro. Estos estatutos permiten la admisión de “asociaciones componentes” como de “miembros individuales”. Se definen cuatro instancias principales: el Consejo de Administración, la Junta directiva, el Colegio de los Representantes y el Consejo Científico.
L’AIPPF cuenta con 35 asociaciones y 300 miembros en totalidad.
Objetivos
El objetivo principal por el cual la asociación se creó, es el de promover y desarrollar estas prácticas y teorías. Los intercambios internacionales que propone constituyen herramientas de comunicación entre los especialistas del psicoanálisis de pareja y familia, y entre sus asociaciones; tiene también por objetivo dar a conocer estas terapias a los pacientes potenciales y a los profesionales interesados.
La Asociación se propone dar un nuevo impulso a la investigación teórica para elaborar y renovar conceptos; asimismo auspiciará y estimulará los estudios clínicos y teóricos, las publicaciones y las actividades científicas en general.
Se planifica y organiza un Congreso Internacional cada dos años, ofreciendo periódicamente una visibilidad ampliada del conjunto de estas actividades y producciones. El Congreso brinda también la ocasión de precisar el contenido y métodos de las formaciones y enseñanzas destinadas a preparar para la práctica de las terapias psicoanalíticas de pareja y familia en las diferentes culturas y países.
A nivel ético
La Asociación afirma su preocupación para obrar en Salud Pública y prevención. Ayuda a la creación de asociaciones para el psicoanálisis de pareja y familia en los países donde aún no se hayan constituido.
Historia
Luego de la realización del Congreso Internacional de Nápoles “Cuál psicoanálisis para la pareja y la familia?” organizado en diciembre del 2000, empezó a germinar la idea de crear una asociación internacional.
Con la oportunidad del Congreso Internacional de Terapia Familiar Psicoanalítica “La metamorfosis familiar” organizado en mayo de 2004 en París, colegas argentinos, italianos y franceses (cuyos países han sido y son fuentes nutrientes de la terapia psicoanalítica de pareja y familia) se reunieron para avanzar con la idea de la creación de una asociación internacional. Diversos países estuvieron representados: Alemania, Italia. Turquía, Argentina, Uruguay, Brasil, Panamá, Perú, Estados Unidos…
Lo había precedido una preparación de más de dos años, a la cual contribuyeron con convicción los especialistas que ejercen principalmente en Europa, América del Norte, Central y del Sur. Sus esfuerzos permitieron reunir, más allá de las fronteras y los obstáculos lingüísticos, distintos terapeutas de horizontes diversos, que practican el psicoanálisis de parejas y familias. Ellos consideran a estas últimas como grupos que disponen de un funcionamiento psíquico específico.
Fue durante el Congreso Internacional de Terapia Familiar Psicoanalítica “La parte de los ancestros…” organizado en Montreal (Quebec – Canadá) en agosto del 2006 cuando se fundó la Asociación Internacional de Psicoanálisis de Familia y Pareja (AIPPF).
Dicha Asociación fue oficialmente creada y registrada en la Prefectura de París en noviembre del año 2006 y cuyo registro se publicó en el Diario oficial del día 16 de diciembre de 2006.
Los fundamentos teóricos compartidos constituyen un zócalo amplio que se define así: « El psicoanálisis de pareja y familia (PPF) se refiere a las teorías psicoanalíticas. Tiene como objetivo, con un encuadre apropiado, facilitar el análisis de los procesos inconscientes de la pareja y la familia. Para ello, se basa en el desarrollo y elaboración de la trasferencia y la contra-transferencia.” (Estatutos, artículo 2).
Junta Directiva:
Maria Inês ASSUMPÇÃO FERNANDES – Presidencia
Pierre BENGHOZI – Vicepresidencia (Lengua francesa)
Karen PRONER – Vicepresidencia (Lengua inglesa)
Irma MOROSINI – Vicepresidencia (Lengua española)
Andrea SEIXAS – Tesorería
Cristina CALARASANU – Secretaria general
Vivian ESKIN – Secretaría (Lengua inglesa)
Alison BRUCE – Secretaría (Lengua inglesa)
Saida SID – Secretaría (Lengua francesa)
Sara GONZÁLEZ DE PABLOS – Secretaría (Lengua española)
Rosa JAITIN – Secretaría de Comunicación Internacional
Carles PEREZ-TESTOR – Comité Científico
Consejo de Administración
Ezequiel JAROSLAVSKY – Consejo de Administración
Lucia PAIVA – Consejo de Administración
Yun PANG – Consejo de Administración
Consejo Científico
André CAREL, Coordinador
Carles PEREZ-TESTOR, Coordinador del Centro de Estudios
Cristina CALARASANU, Secretaria
Pierre BENGHOZI
Cristina CALARASANU
Christopher CLULOW
Rosa JAITIN
Ezequiel JAROVSLAVSY
Roberto LOSSO
Carles PÉREZ TESTOR
Manuela PORTO
Philippe ROBERT
Caroline SEHON
Massimilano SOMMANTICO
Thomas VON SALIS
Ezéquiel JAROSLAVSKY, Presidente
Anca GANCIU, Secretaria
Sara GONZALES de PABLOS, Subsecretaria
AL – Alemania /Germany / Allemange :
- Institut für Paartherapie in Krankfurt (IFP) office@paarinstitut.de Bernd Boettger bernd-boettger@freenet.de
- New South Wales Institute of Family Psychotherapy (NSWIFP) Cynthia Gregory-Roberts
Jenny Berg : drberg@optusnet.com.au
AR – Argentina / Argentine
-
Asociacion Argentina de Psicoanalistas de Pareja y Familia (AAPFYP)Ezequiel Jaroslavsky, Buenos-Aires (titular) ejaroslav@intramed.netIrma Morosini (suplente) irmamorosini@hotmail.com
-
Asociación Psicoanalítica Argentina (APA)Psicoanalisis de Los Vinculos
-
Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales Instituto de Altos Estudios en Psicología y Ciencias Sociales (UCES IAEPCIS)Laboratorio de docencia e investigación en terapia psicoanalítica de pareja y familiaBeatriz Burstein beatriz_burstein@fibertel.com.armanuel liss mliss@fibertel.com.aralvarezlipsi@hotmail.com
BE – Belgio / Belgium / Belgique
-
Association pour la Psychothérapie de Couple et de Famille (APPCF)Bruno Le Clef : brunoleclef@versateladsl.be
BR – Brasil / Brazil / Brésil
-
Pontificia Universidade Catolica de Rio de Janeiro (PUC)Curso de especializacion en Terapia de Familia y pareja Feres Carneiro Terezinha teferca@puc-rio.br
-
IPUSP University São Paulo. Laboratory of Couple and Family: clinic and psychosocial studies, Clinic Psychology Department of University (IPUSP):Isabel Cristina Gomes, São Paulo isagomes.usp@gmail.com
-
Sociedade psicanalise Cidade de Rio de Janeiro (SPCRJ)Núcleo de familias e casados : Levi Lidia : llevy@puc-rio.br
- USP Universidade São Paulo (Instituto psicologia, Laboratorio de estudio im psicanalise e psicologia sociale) Laboratòrio de Estudos em Psicanálise e Psicologia Socia. Departamento de Psicologia Social e do Trabalho da Universidade de São Paulo: Maria Ines Assumpçao Fernandes, São Paulo marines@usp.br
CH – Suiza / Switzerland / Suisse
- AGOG Arbeidsgemeinschaft Operative Gruppen – Zurich: Thomas Von Salis thomas.vonsalis@hin.ch
ES – España / Spain / Espagne
-
Associació Catalana de Psicoteràpia Psicoanalítica (ACPP)Escola de formacio de psicoterapeutes, Plaça de Bonanova 11 ent 2Pere Jaume Serra pjserra@argus.es
-
Asociación Española de Investigación en Psicoterapia y Psicología Social (AEIPPS)Sección interna de terapia familiarJuan Gonzáles Rojas: jmgre1@hotmail.com
-
Asociación de Psicoterapia Psicoanalítica de pareja, Familia y Grupo Multifamiliar (APyF)Mascaro Masri : npmascaro@yahoo.es
-
Instituto Universitario de Salut Mental «Vidal i Barraquer»De la Universidad Ramon Llull: Curso de Postgrado de Pareja y Familia, de orientación psicoanalíticacarlespt@fvb.es www.url.es
FR – Francia / France
- Association de la psychanalyse des liens (Apsylien-rec)
Lyon apsylien@orange.fr. clbarralbaron@free.fr; apsylien.bureau@gmail.com
-
IPSYC Institut de psychanalyse de couple, Kremlin- Bicêtre: Jean Maurice Blassel, St Nazaire (titulaire) blassel@free.fr; Françoise Payen (suppléant) frpayen@yahoo.fr
-
Institut de Recherche en Psychothérapie de couple et de famille (IRP)Pierre Benghozi (titulaire) pbenghozi@wanadoo.fr
- Psychanalyse et famille (PSYFA)
Marianne de Jesse Charleval (titulaire) marianne.de-jesse-charleval@orange.fr; Geneviève Djenati (suppléante) djenati@wanadoo.fr
-
Société de thérapie familiale psychanalytique de la région Nord Pas de Calais (STFPRNP)Roland Sefcick: r.sefcick@aliceadsl.fr
IT – Italia / Italy / Italie
-
APCF Associazione di Psicoanalisi con la Coppia et la FamigliaDipartimento Di Psicoanalisi Applicata alla Coppia e alla Famiglia
-
Associazione Paolo SaccaniStudi Psicoanalitici della familia et della copia de Milan – Italie
-
ARCIPELAGO. Centro Studi psicoanalitici per la coppia e la famiglia, Milano: Barbara Bianchini (referent) barbara.bianchini@tin.it
- BOLOGNA’s group: Luigi Roccalbegni roccalbegni@fastwebnet.it
- CERP Milano: Simona Taccani (referent) staccan@tin.it; Clara Monari (substitute)
- CPFC Centro di Psicoanalisi Familiare e di Coppia, Roma: Gemma Trapanese gemma.trapanese@fastwebnet.it
- CRPCF Centro Ricerca Psicoanalitica Coppia Famiglia , Firenze: Giovanni Trapani (referent) andrea_trapani@virgilio.it; Giacomo Tessari (substitute) giacomo.tessari@tiscali.it
- GRIPO Gruppo di Ricerca in Psicoanalisi Operativa, Padoue: Fiorenza Milano (referent) fiorenza.milano@gmail.com; Raffaele Fischetti (substitute) raffaelefischetti@libero.it
- ISPPREF Dipartimento di psicoanalisi applicata alla Coppia e alla Famiglia, Napoli: Maximiliano Sommantico sommanti@unina.it
- Istituto per la Formazione e la Ricerca Applicata de Bologna
Bologne – Italie
-
SIPRE, AREA COPPIAMilano : Giancarlo Marenco: giancarlomarenco@tin.it
-
SIPRE, PROGETTO COPPIAMilano :Romina Coin (referent) romina.coin@fastwebnet.it
-
STUDY GROUP on “Psychoanalytic psychotherapy of the couple and attachment” (Roma) : Guilio-Cesare Zavatinni giuliocesare.zavattini@uniroma1.it
-
TURIN’s group: Elena Bonassi (referent) elena.bonassi@fastwebnet.it; Anna Rissone (substitute) anna.rissone@fastwebnet.it
-
Società Italiana di Psicoanalisi della Coppia e della Famiglia “Rivista Interazioni” – Roma
- Société psychanalytique de Luxembourg Section famille et couple
PE – Perú / Peru / Pérou
-
Sociedad Peruana de Psicoterapia Psicoanalitica de Pareja y Familia (SPF)
- Institut de Psychanalyse et Psychothérapie katwal@engram.psych.uw.edu.pl cezech@poczta.onet.pl
PT – Portugal
-
Poiesis – Portuguese Association of Psychoanalytic Psychotherapy in Couples and FamiliesManuela Porto (titulaire) mariamanuelaporto@gmail.com; Nuno Cotralha: nuno.cotralha@gmail.com
RO – Rumania / Romania / Roumanie
- ROMANIAN ASSOCIATION FOR THE PSYCHOANALYSIS OF GROUP AND FAMILY LINKS « ENRIQUE PICHON RIVIERE » cpap.anca@gmail.com
TR – Turquía / Turkey/ Turquie:
- Association psychanalytique d’Istanbul Talat Parman (titulaire) talatparman@yahoo.com turkpsikanaliz@yahoo.com
UK – Reino Unido / United Kingdom / Royaume-Uni
-
Society of Couple Psychoanalytic PsychotherapistsRoyaume Uni : KAHR Brett kahr14@aol.com
US – Estados Unidos / United States / Etats-Unis
-
International Psychotherapy Institute (IPI)Scharff-Savage Jill, Maryland: iiort@mindspring.com (titular) Nicole Caruso
UY – Uruguay:
- Associación Psicoanalítica del Uruguay (APU) Unidad de familias y pareja
Revista:
Daniela LUCARELLI, Directora
Massimiliano SOMMANTICO, Jefe de redacción
ESTATUTOS
ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PSICOANÁLISIS DE PAREJA Y FAMILIA
ARTÍCULO 1. Título:
Es fundada, entre los abajo firmantes (personas físicas y jurídicas) de acuerdo con la ley del 1° de julio de 1901, una asociación que toma la siguiente denominación:
“Asociación internacional de psicoanálisis de pareja y familia”, la que responde a los objetivos definidos a continuación en el artículo 3, en lo sucesivo designada como «la Asociación». Su nombre sintético es AIPCF.
ARTÍCULO 2. Definición–terminología:
« El psicoanálisis de pareja y familia (PPF) se refiere a las teorías psicoanalíticas. Tiene como objetivo, con un encuadre apropiado, facilitar el análisis de los procesos inconscientes de la pareja y la familia. Para ello, se basa en el desarrollo y elaboración de la trasferencia y la contra-transferencia.”
ARTÍCULO 3. Objetivos:
El objetivo principal de la asociación es promover a través del mundo la terapia psicoanalítica de pareja y familia. A tal efecto, entiende
- a: Favorecer la comunicación entre los psicoanalistas de pareja y familia (y entre sus organizaciones),
- b: Promover la investigación, estudios, publicaciones, congresos y actividades científicas convenientes a nivel nacional e internacional,
- c: Estimular la elaboración y la renovación de los conceptos y prácticas del PPF,
- d: Apoyar la formación y la enseñanza en el ámbito de referencia de la asociación,
– e: Dar a conocer el PPF en el público y los profesionales de la salud mental y del campo social,
– f: Establecer vínculos conformes a estos objetivos con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales con una preocupación de Salud Pública y de prevención.
‑ g: Ayudar a desarrollar asociaciones de terapia familiar psicoanalítica de pareja y familia en los países donde falten.
- h: Organizar congresos internacionales
ARTÍCULO 4. Duración:
La duración de la asociación es ilimitada.
ARTÍCULO 5: Sede:
La sede de la Asociación se fija en el país de residencia de su Presidente. Bajo esta condición, puede desplazarse por simple decisión de su Consejo de Administración.
ARTÍCULO 6. La calidad de los miembros:
La Asociación se compone de personas morales y físicas, signatarias, y de aquellas que se admitirán.
6-1: Son ipso facto miembros de derecho de la Asociación las personas que son miembros de las organizaciones fundadoras signatarias de los presentes estatutos. Estas organizaciones son
6-1-1: Asociaciones de terapia psicoanalítica de pareja y/o de familia,
6-1-2: Secciones o unidades específicas de TPPF en asociaciones psicoanalíticas o de terapia psicoanalítica.
6-2: Son miembros de la asociación las personas que son signatarias de los presentes estatutos con carácter individual.
6-3: La calidad de miembro puede ser adquirida por todo miembro de una asociación que se habrá admitido según las condiciones y modalidades definidas en los artículos 8 y 9 de los presentes estatutos.
6-4: La calidad de miembro puede ser adquirida con carácter individual por toda persona que haya satisfecho las condiciones y modalidades definidas en los artículos 8 y 9 de los presentes estatutos.
ARTÍCULO 7. Las distintas categorías de miembros.
La asociación comprende cuatro categorías de miembros:
–Los miembros titulares: ellos son:
- Las organizaciones fundadoras signatarias de los presentes estatutos.
- Los miembros a título individual de las organizaciones fundadoras signatarias de los presentes estatutos o que respondan a las condiciones previstas en el artículo 6
- Así como los profesionales de la salud mental que responden plenamente a los objetivos prescriptos en los estatutos de la asociación y que ponen en común sus conocimientos en el interés de la asociación. Ellos sólo disponen de voz deliberativa en las instancias de la asociación.
–Los miembros asociados: ellos son: colegas en formación en las asociaciones profesionales afiliadas a la AIPCF. Ellos disponen de una voz consultativa.
–Los miembros adherentes: ellos son: estudiantes destacados, en su último año de estudios profesionales en otros dominios interesantes para el psicoanálisis de parejas y familias: sociólogos, antropólogos, filósofos, ciencias de la educación, etc. y que están interesados por el psicoanálisis de parejas y familias. Ellos disponen de voz consultativa.
– Los miembros de honor: ellos son: profesionales que han honrado a la AIPCF por sus servicios rendidos. Ellos disponen de una voz consultativa.
A excepción de los miembros de honor, todos los miembros deben pagar una cotización cuyo monto está determinado en las condiciones previstas en el artículo 11.
ARTÍCULO 8. Las condiciones de admisión:
Las personas físicas o jurídicas que desean ser miembros de la Asociación deberán satisfacer los criterios siguientes (admisiones directas), o garantizarlos en sus miembros (admisión de una asociación o sección de asociación):
‑ 1. Psicoanálisis personal o psicoterapia psicoanalítica individual; un psicoanálisis grupal es aconsejable.
‑ 2. Formación en terapia psicoanalítica (o psicoanálisis) de pareja y/o en terapia psicoanalítica (o psicoanálisis) familiar, y formación eventualmente en terapia psicoanalítica (o psicoanálisis) de grupo.
‑ 3. Práctica efectiva.
ARTÍCULO 9. Las modalidades de admisión:
Las candidaturas, dirigidas al Presidente, se confían al examen de una comisión de admisión compuesta de tres miembros del Consejo de Administración y presidida por un miembro de la Comisión Directiva. El Consejo de Administración escucha el informe de esta comisión y decide soberanamente por mayoría simple. Toda candidatura puede renovarse. Las candidaturas individuales deberán estar acompañadas de las cartas de padrinazgo de 2 miembros de la Asociación.
ARTÍCULO 10. Pérdida de la calidad de miembro.
La calidad de miembro se pierde por:
- La dimisión,
- La muerte,
- La radiación pronunciada soberanamente por el Consejo de Administración por falta de pago de la cotización en los plazos fijados por el reglamento interno, o por motivo grave, el interesado es convocado previamente por carta certificada con informe de recibo para presentarse ante la Comisión Directiva.
- La dimisión o la radiación de una asociación miembro implica la pérdida de la calidad de miembros de todos los que la componen. En estos casos, estos últimos pueden presentarse a la admisión como candidatos individuales.
ARTÍCULO 11. Los recursos de la Asociación.
Los recursos de la Asociación incluyen:
– Las cotizaciones y otras contribuciones de los miembros. El monto de la cotización es fijada por la Asamblea General según la propuesta del Consejo de Administración y es diferente según la categoría de miembro.
– Las subvenciones,
– Las herencias,
– Los distintos productos que proceden de la actividad de la Asociación,
– Y generalmente, todo recurso o subvención de los que puede legalmente disponer, eventualmente creado y de manera excepcional con la autorización, si es necesario, de la autoridad competente.
ARTÍCULO 12. Los gastos.
La contabilidad se establece bajo el control del Tesorero, según el método contable europeo [UE]. El Presidente ordena los gastos. Su pago es efectuado por el Presidente o por el Tesorero.
ARTÍCULO 13. Control de las cuentas.
En el examen de las cuentas, la Asamblea General puede designar a uno o a dos interventores de cuentas, para informarle sobre las cuentas del ejercicio pasado. El Consejo de Administración designa a los primeros comisarios.
ARTÍCULO 14. Las instancias de dirección.
Los organismos de la asociación son:
– La Asamblea General
– El Consejo de Administración
– La Junta Directiva
– El Colegio de Representantes
– El Consejo Científico
La Asamblea General elige, por mayoría simple, un Consejo de Administración compuesto de tres miembros como mínimo.
ARTÍCULO 15. El Consejo de Administración.
15-1. Composición
El Consejo está formado a lo sumo por 24 administradores [vocales] elegidos por la Asamblea General entre los miembros titulares, al escrutinio simple a una vuelta (se admiten los votos por correspondencia postal o electrónica segurizada). Los candidatos elegidos son aquellos que obtuvieron más votos.
Se distribuyen en tres unidades geográficas distintas que corresponden al siguiente reparto:
- Américas,
- Europa,
- África, Asia, Oceanía.
A cada una de entre ellas se asigna un número equivalente de vocales.
En cada unidad geográfica, dos de sus miembros son elegidos directamente. Los otros seis son elegidos por la Asamblea General entre los miembros titulares de la asociación.
Cuando una unidad geográfica no esté en condiciones de proporcionar el conjunto de los puestos que se le reservan, éstos seguirán siendo vacantes hasta las elecciones siguientes.
El Consejo de Administración designa al Presidente de la Asociación entre sus miembros por mayoría absoluta por la primera y segunda vuelta, por mayoría simple a la tercera vuelta donde solamente los dos candidatos que hayan obtenido más sufragios a la 2° vuelta permanecerán en liza.
15-2. Duración del mandato
La duración del mandato de los miembros del Consejo de Administración se fija en 4 años, a partir del día de su elección por la Asamblea General. Nadie puede formar parte del Consejo si no es mayor. Los miembros pueden ser reelegibles sin limitación.
El CA es renovado por mitad cada dos años. De manera excepcional, la primera elección después de la aprobación de las modificaciones elegirá la mitad de miembros del CA por 4 años, y la otra mitad, por dos años. En caso de que uno o varios miembros del CA no hayan terminado su mandato, será (n) considerado (s) como que forma parte de la mitad que será elegida por 2 años.
15-3. Funcionamiento
El Consejo de Administración se reúne tan a menudo como el interés de la Asociación lo exige, sin que el número de reuniones pueda ser inferior a dos al año, previa convocatoria del Presidente, que puede, si lo juzga necesario, o a petición de un cuarto de los vocales, reunir el Consejo de Administración en sesión extraordinaria. Estas reuniones podrán celebrarse en Internet y cada dos años en un encuentro tradicional que no excluirá no obstante la posibilidad de votos por correo postal o electrónico segurizado.
El Consejo puede invitar a toda persona cuya presencia considerara útil para sus trabajos.
Las reuniones son presididas por el Presidente que dirige los debates, garantiza la observación de los estatutos y del reglamento interno y vela por el seguimiento del orden del día. El Presidente puede ser representado por el Vicepresidente o el Secretario General, que ejerce entonces sus poderes.
Cada vocal puede hacerse representar por otro administrador. Las procuraciones [mandatos] son escritas. Nadie puede tener más de dos procuraciones.
Las decisiones se toman por mayoría simple de los miembros presentes o representados.
Sólo pueden tomarse las propuestas relativas a la modificación de los estatutos si se reúne un quórum de mitad del Consejo.
Las deliberaciones dan lugar a un acta que debe aprobarse.
15 -4. Poderes
Los poderes de administración se confían al Consejo de Administración, que adopta todas las decisiones y medidas relativas a la Asociación, aparte de aquellas expresamente reservadas por la ley y por los presentes estatutos como que son de competencia de la Asamblea General.
Sobre toda propuesta de modificación de los estatutos o cualquier otra decisión que debe presentarse a la Asamblea General Extraordinaria, el Consejo de Administración se pronuncia por mayoría de 2/3 de los miembros presentes o representados o la mayoría simple si la Asamblea General Extraordinaria se reúne en segunda convocación por déficit de quorum.
Los miembros del consejo de administración serán considerados como renunciantes si han estado ausentes en 2 reuniones consecutivas del consejo de ’administración y en ausencia de justificación previa.
ARTÍCULO 16. La Junta Directiva.
16-1. La Junta Directiva está formada por al menos seis miembros nombrados en su seno por los miembros del consejo de administración, incluyen al Presidente, al Secretario General, al Tesorero, tres Vicepresidentes, así como en ciertos casos a miembros. Salvo en la hipótesis donde la composición del consejo de administración no se lo permitiera, el consejo de administración se abstendrá de designar vicepresidentes de nacionalidades diferentes a fin de poder disponer en su seno de un miembro anglófono, un miembro francófono y de un miembro hispanoparlante.
16-2. La Junta Directiva se encarga de la gestión de los asuntos de la Asociación, en el marco de las orientaciones fijadas por el Consejo de Administración.
16-3. La Junta Directiva fija la frecuencia y el orden del día de sus reuniones, que pueden celebrarse colectivamente todas las veces que sea necesario por vía electrónica o por cualquier otro medio de comunicación.
ARTÍCULO 17. El Presidente.
17-1. El Presidente anima a la Asociación y dispone de los poderes más amplios para garantizar su representación, en todos los países de los que provengan sus miembros, ante las autoridades públicas y terceros.
Dirige los debates de la Junta Directiva, el Consejo de Administración y la Asamblea general, que preside.
Supervisa y garantiza la observación de los estatutos y del reglamento interno.
Firma todas las actas, todas las medidas y todos los extractos de las deliberaciones de la Asociación, hace abrir las cuentas corrientes bancarias. Puede delegar la totalidad o parte de sus poderes en caso de fuerza mayor.
17-2. El Presidente representa a la Asociación en juicios, como solicitante o como demandado, o como parte civil.
ARTÍCULO 18. La Asamblea General.
18-1. Composición. – Reunión
La Asamblea General está compuesta por todos los miembros titulares de la Asociación al día de su cotización. Se reúne al menos en sesión ordinaria cada dos años según todos los medios (videoconferencia, teleconferencia, Skype, Zoom, o todo otro medio previsto para la convocación), el día y con el orden del día fijados por la Junta Directiva, y previa convocatoria del Presidente.
Podrán tener lugar Asambleas General Ordinarias, reunidas extraordinariamente, cuando los intereses de la asociación lo exigen, o por iniciativa del Consejo de Administración, o a petición firmada del cuarto de los miembros de la asociación. En este caso, la convocatoria es de derecho.
18-2. Convocatoria
Las convocatorias son hechas por escrito y transmitidas por correo postal o electrónico, y excepto urgencia, al menos dos meses de antemano, y llevan indicación precisa de las cuestiones del orden del día.
18-3. Orden del día
La Asamblea General no puede deliberar sino sobre las cuestiones figuradas en el orden del día fijado por la Junta Directiva en la sesión que precede la Asamblea General.
Todo miembro puede pedir la inscripción al orden del día de toda cuestión que desea ver tratada. Dirige, a tal efecto, un correo postal o electrónico con informe de recibo al Presidente antes de la reunión de la Junta Directiva que precede la Asamblea General.
18-4. Acceso
Los miembros sólo se admiten a las Asambleas Generales previa presentación de un justificante de su calidad (documento papel o código de acceso, según la forma de la reunión). Firman a su entrada el registro de presencia y proporcionan un documento identificador.
18-5. Representación
En las reuniones tradicionales, todo miembro tiene el derecho de hacerse representar por otro miembro entregando a este último un mandato escrito. Nadie puede tener más de dos mandatos de miembros individuales.
18-6. Poderes
La Asamblea General es el órgano soberano de la asociación relativa a los informes de actividad y gestión. Los informes presentan los trabajos de la Junta Directiva y el Consejo de Administración durante el ejercicio pasado, la situación financiera y el balance.
18-7. Mayoría-Quórum
Las decisiones de la Asamblea General ordinaria se toman por mayoría simple de los miembros presentes o representados, después, eventualmente, de la búsqueda de una decisión consensual. En caso de igualdad, el voto del presidente de la asociación es preponderante.
La Asamblea General Extraordinaria se reúne solamente para tomar decisiones relativas a la modificación de los estatutos, a la disolución y a la liquidación.
La Asamblea General Extraordinaria sólo puede deliberar si los dos tercios de los miembros de la asociación no están presentes o representados en una primera convocatoria, y por la mitad en las siguientes. Las decisiones son tomadas por mayoría de los dos tercios de los miembros presentes o representados o por mayoría simple si la Asamblea General Extraordinaria se reúne en segunda convocatoria por déficit de quorum. En caso de igualdad, en segunda convocatoria, el voto del presidente de la asociación es preponderante.
18-8. Voto
La Asamblea general vota a mano levantada, excepto solicitud particular de un voto a boletín secreto nominal de los miembros presentes o representados. Cada miembro dispone de un voto. En el caso de una asamblea general en la cual la convocación ha previsto una reunión materializada tal como se ha previsto en el artículo 18-1, los votos por vía electrónica son admitidos.
18-9. Modificación de los estatutos
Ninguna solicitud de modificación de los estatutos puede venir del debate de la Asamblea General Extraordinaria si no es propuesta por el Consejo de Administración, que delibera por mayoría de los dos tercios de los miembros presentes o representados. Este último deberá presentar un informe justificado.
ARTÍCULO 19. El Colegio de Representantes.
Incluye a un representante de cada una de las asociaciones miembros, y a un representante del grupo de los miembros con carácter individual. Su función es presentar propuestas destinadas, por una parte, a dar a conocer la Asociación en sus países de procedencia y, por otra parte, a recoger las experiencias locales susceptibles de interesar al conjunto de los miembros. Se encarga por el Consejo de Administración de estudios de alcance general e interés colectivo.
El Coordinador del Colegio de Representantes es elegido por sus pares, estos últimos son designados por sus asociaciones de pertenencia.
El Colegio de Representantes se reúne previa convocatoria de su Coordinador, según una frecuencia y modalidades fijadas por este último, por iniciativa propia o a petición del Consejo de Administración.
ARTÍCULO 20. El Consejo Científico.
La Asociación establece un Consejo Científico.
El Consejo de Administración nombra al Coordinador y a los miembros del Consejo Científico.
El Consejo Científico propone al Consejo de Administración los ejes de investigación de la Asociación. El Consejo Científico organiza sus trabajos en toda independencia. Puede recurrir, bajo su responsabilidad, a toda competencia exterior que juzgue útil. Es garante del rigor científico de los estudios producidos y difundidos por la Asociación.
Su Coordinador convoca al Consejo Científico, actúa por iniciativa propia o a petición del Consejo de Administración. Puede funcionar en subgrupos y organizar sus intercambios por correo electrónico o foros en Internet.
ARTÍCULO 21. Reglamento Interno.
La Asociación puede dotarse con un Reglamento Interno elaborado por la Junta Directiva y debidamente aprobado por el Consejo de Administración. Se comunicará a la Asamblea General. La Asamblea General podrá modificarlo según las necesidades de la Asociación y las mismas modalidades. Está destinado a fijar los distintos puntos no previstos por los Estatutos, en particular, los que se refieren a la administración interna de la Asociación.
ARTÍCULO 22. Disolución – Modificaciones estatutarias.
La Asociación puede ser disuelta, a propuesta del Consejo de Administración, por voto de la Asamblea General Extraordinaria, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-7. Los estatutos pueden modificarse según el mismo procedimiento.
ARTÍCULO 23. Liquidación.
- En caso de liquidación voluntaria, la Asamblea General Extraordinaria de liquidación nombra a uno o más liquidadores. Los bienes no pueden nunca distribuirse entre los miembros de la Asociación. Son atribuidos a otra asociación cuyo objetivo es de la misma naturaleza.-